ASSAL Informa
Número 2 / Abril 2006 |
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| SISTEMA DE CONSULTAS Y OFERTAS DE MONTOS DE PENSIÓN (SCOMP) |
SISTEMA ESPAÑOL DE COBERTURA DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS |
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La Ley N º 19.934, de fecha 21 de febrero de 2004, en vigencia a partir del 19 de agosto del mismo año, creó un sistema electrónico de consultas y ofertas de montos de pensión (SCOMP), al que deben acceder en forma obligatoria todos los afiliados del sistema de pensiones de capitalización individual que deseen pensionarse. SCOMP permite, tanto a los afiliados como a los beneficiarios de pensión de sobrevivencia, recibir información comparable respecto de las ofertas de renta vitalicia y los montos de pensión en retiro programado, al momento de pensionarse o de cambiar de modalidad de pensión desde el retiro programado a una renta vitalicia. Participan en SCOMP las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las Compañías de Seguros de Vida y los corredores de seguros de rentas vitalicias autorizados por la Superintendencia de Valores y Seguros. La regulación y supervisión del Sistema se realiza en forma conjunta, por las Superintendencias de AFP (SAFP) y de Valores y Seguros (SVS). SCOMP ha otorgado transparencia a la comercialización de las rentas vitalicias, entregando información comparable y simultánea a los afiliados, referida a todas las ofertas del mercado incluyendo la modalidad de retiro programado. |
El sistema español de cobertura frente a riesgos extraordinarios tiene como piedra angular al Consorcio de Compensación de Seguros, una entidad pública empresarial que actúa en régimen de derecho privado vinculada al Ministerio de Economía y Hacienda. En el desarrollo de esta función el Consorcio actúa en tres ámbitos diferenciados. Por un lado asume el aseguramiento de los daños en los bienes y en las personas que han tenido lugar como consecuencia de determinados eventos de la naturaleza; además cubre los daños causados por actuaciones de las Fuerzas Armadas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz; y por último asume la siniestralidad derivada de hechos de terrorismo, motín o tumulto popular, rebelión y sedición. Con la finalidad de hacer frente a lo que constituía una demanda del sector privado y de la sociedad en general, se están tramitando en este momento las modificaciones legales y reglamentarias oportunas para que el Consorcio pueda extender la cobertura por terrorismo al ámbito de los seguros de vida.
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| MODIFICACIONES A LA LEY DE SEGUROS EN MEXICO |
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Recientemente fue aprobado en México el proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. El Decreto que ya fue aprobado por el Congreso de la Unión, se encuentra en proceso de publicación, y tiene la finalidad de adecuar el marco jurídico en materia de seguros, en función de las nuevas necesidades de aseguramiento y para proteger al público usuario de estos servicios. |
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Seminario de Capacitación en Perú
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